Obras privadas, aprobar el plan de seguridad y salud elaborado por el contratista.
Obras públicas, el plan de seguridad y salud lo aprueba la Administración Pública que haya adjudicado la obra, previo informe favorable del Coordinador de Seguridad y Salud en Fase de Ejecución de la Obra.
Verificación de la documentación de las empresas intervinientes (REA, plan de prevención, adhesión al plan de subcontratistas, altas de trabajadores, maquinaria, etc.).
Comprobación de la documentación inicial (apertura de centro de trabajo, libro de subcontratación, nombramiento de recurso preventivo, etc.).
Reuniones periódicas de seguridad, en las que, entre otros temas, se tratarán: previsión de actividades a ejecutar, planificación de la coordinación, accidentes e incidentes acontecidos en obra, medidas para evitar dichos accidentes e incidentes.
Visitas a obra: el objeto de estas visitas es comprobar la correcta implantación de las medidas de seguridad contempladas en los planes de seguridad y salud.
Comprobación de las actualizaciones del libro de subcontratación.
Comprobación de que los trabajadores, maquinaria y vehículos presentes en obra se corresponden con los autorizados a su acceso.
Comprobación de la existencia y adecuada utilización de los equipos de protección y medidas de seguridad.
Comprobación de la señalización de obra y su adecuación a los trabajos en ejecución.
Elaboración de informes. Al final de cada obra se elaborará un expediente completo de ellas.